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	<title>Derecho inmobiliario archivos - Jaume Perell&oacute; Abogados-Lawyers</title>
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	<description>Abogado en Inca (Mallorca) &#124; Especialista en Derecho Inmobiliario y urban&#237;stico.</description>
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	<title>Derecho inmobiliario archivos - Jaume Perell&oacute; Abogados-Lawyers</title>
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		<title>Costes asociados a una compraventa inmobiliaria y el desarrollo del post completion</title>
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		<pubDate>Tue, 27 Feb 2024 11:58:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho inmobiliario]]></category>
		<category><![CDATA[COMPRAVENTA]]></category>
		<category><![CDATA[COSTES]]></category>
		<category><![CDATA[INMOBILIARIA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La operación de compra de un inmueble se formaliza con la firma de la escritura pública ante Notario, sin embargo, existen unos pasos más para que finalmente dicho inmueble sea registrado a nombre del comprador, lo que comúnmente se llama POST COMPLETION.   En primer lugar, es necesario obtener la escritura pública de compraventa firmada ...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La operación de compra de un inmueble se formaliza con la firma de la escritura pública ante Notario, sin embargo, existen unos pasos más para que finalmente dicho inmueble sea registrado a nombre del comprador, lo que comúnmente se llama POST COMPLETION.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En primer lugar, es necesario obtener la escritura pública de compraventa firmada ante Notario, realizando el previo pago de los gastos notariales correspondientes. El coste viene fijado por los aranceles notariales, por lo que aproximadamente puede oscilar entre los 700€ y 1.300€.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Con la escritura pública de compraventa podemos realizar los cambios de suministros o de cualquier servicio que tenga el inmueble, como es el caso de electricidad, agua, impuestos municipales, seguros de hogar, sistemas de seguridad, etc. Ya que, si se va a empezar a habitar dicho inmueble, es conveniente tener todos los recibos y facturas actualizadas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Posteriormente, se debe proceder al pago de los impuestos que gravan la operación realizada, por lo que puede variar de la siguiente manera:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Inmueble de nueva construcción</strong><u>:</u></p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li><u>Impuesto sobre el valor añadido (IVA)</u>: En este caso el comprador deberá pagar al vendedor el 10% sobre el precio de venta.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li><u>Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD):</u> Se deberá pagar entre un 1,2% y 2% del precio de venta, por ser primeras copias de escrituras notariales.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Inmueble de segunda transmisión o posteriores:</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<ul>
<li><u>Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP):</u> El comprador deberá pagar entre un 8% y 13% sobre el precio de venta. En este caso dependerá del valor total del inmueble, ya que a medida que sea más elevado su valor, le corresponderá un mayor porcentaje. A modo de ejemplo, si no supera los 400.000€, le corresponderá pagar un 8%.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>De igual manera, existen bonificaciones que, cumpliendo ciertos requisitos, pueden reducir el tipo aplicable llegando a un 2% o, en casos muy puntuales, a una bonificación del 100%.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Dichos impuestos se deben de pagar mediante los modelos correspondientes (Modelo 600) y luego es necesario presentarlo ante la <u>Agencia Tributaria.</u></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Una vez obtenido la recepción del pago y presentación del impuesto ante la Agencia Tributaria, podemos acudir al <u>Registro de la Propiedad</u> correspondiente para proceder al registro de la escritura de compraventa y al cambio de titular registral.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Es muy importante explicar que el Registro de la Propiedad es una entidad dónde se inscribe la titularidad de los bienes inmuebles, brindando seguridad jurídica y publicidad ante terceros. Es decir, teniendo una propiedad registrada en el Registro de la Propiedad, nadie podrá alegar que no tenía conocimiento que uno era propietario de dicho inmueble.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por lo que, a efectos de publicidad y seguridad jurídica para los propietarios, es muy recomendable registrar la compra de un inmueble ante el Registro de la Propiedad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para ello, es necesario presentar la siguiente documentación:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>Escritura pública de compraventa del inmueble firmada ante Notario (Original).</li>
<li>Modelo tributario correspondiente (Modelo 600).</li>
<li>Recepción del pago y presentación por parte de la Agencia Tributaria (Liquidación).</li>
<li>Justificante del pago de Plusvalía Municipal (le corresponde al vendedor) o, en su caso, sólo la comunicación de la misma.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>Una vez entregada toda la documentación al Registro de la Propiedad que corresponde según el municipio dónde se encuentre el inmueble, se procederá al registro del inmueble a nombre del comprador junto con la Escritura Pública de compraventa.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La factura del Registro de la Propiedad dependerá del valor del bien inmueble, el coste del mismo puede ser entre 700€ y 1.000€ aproximadamente.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Finalmente, teniendo registrado el inmueble a nombre del comprador ante el Registro de la Propiedad correspondiente, podemos dar por concluido el POST COMPLETION por parte del comprador.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Joaquín Peñarrieta.</p>
<p><a href="http://jperelloabogados.com">JPerelló Abogados.</a></p>
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		<item>
		<title>Diferencias entre contrato de arras y contrato de opción a compra</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 May 2022 07:38:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho inmobiliario]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[arras]]></category>
		<category><![CDATA[compra]]></category>
		<category><![CDATA[contrato]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Al momento de realizar la operación de compra de un inmueble, por su misma naturaleza, es sumamente importante que exista una seguridad al momento de ejecutar cada trámite, es por ello que es habitual y recomendable la firma de un contrato de opción de compra o un contrato de arras, para así garantizar la reserva ...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Al momento de realizar la operación de compra de un inmueble, por su misma naturaleza, es sumamente importante que exista una seguridad al momento de ejecutar cada trámite, es por ello que es habitual y recomendable la firma de un <strong>contrato de opción de compra</strong> o un <strong>contrato de arras</strong>, para así garantizar la reserva de dicho inmueble hasta la fecha de otorgamiento de la escritura pública y evitar cualquier improviso.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Debido a que ambos contratos son similares, es muy interesante poder distinguir bien sus diferencias y así, saber en qué situaciones es más convenientes firmar un tipo de contrato y en otros casos otro.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><u>DIFERENCIAS:</u></strong></p>
<p><strong><u> </u></strong></p>
<p><u>Contrato de arras:</u></p>
<p><u> </u></p>
<p>El objeto de dicho contrato es entregar una suma de dinero con el fin de asegurar la compra del inmueble o, en su caso, otorgando la facultad para poder rescindirlo libremente consintiendo en perder la cantidad entregada o pagar una penalidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Existen tres tipos de contrato de arras:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ol>
<li><strong>Arras Confirmatorias: </strong></li>
</ol>
<p>&nbsp;</p>
<p>Consiste en la entrega de una cantidad por una parte como señal de confirmación del contrato. Su función principal es la de servir de prueba de la celebración del contrato, y suponen la ejecución del mismo. De igual manera, se prevé que dicha cantidad entregada en concepto de arras se reputa a cuenta del precio, como un pago a cuenta.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En este caso, es obligatorio el cumplimiento del contrato de arras por ambas partes, no pudiendo ser rescindido unilateralmente. Por lo tanto, en caso de incumplimiento, la parte perjudicada podrá pedir la resolución del contrato o reclamar su ejecución específica, en ambos casos con derecho a indemnización (Art. 1124 CC.).</p>
<p>&nbsp;</p>
<ol start="2">
<li><strong>Arras penitenciales: </strong></li>
</ol>
<p><strong> </strong></p>
<p>La existencia de dichas arras autoriza y faculta a desligarse lícitamente del cumplimiento de un contrato a cualquiera de las partes, sin embargo, si el desistimiento lo realiza la parte compradora, ésta perderá las arras entregadas al vendedor, por el contrario, si la parte vendedora es la que desiste, deberá devolver las arras por duplicado (Art. 1454 CC.)</p>
<p>&nbsp;</p>
<ol start="3">
<li><strong>Arras penales:</strong></li>
</ol>
<p><strong> </strong></p>
<p>Consisten en una estricta garantía del cumplimiento del contrato, mediante la pérdida de las arras entregada en este concepto, o la devolución doblada por el que las ha recibido, según quién haya incumplido la obligación, equivaliendo a una cláusula penal.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La diferencia con las arras penitenciales es que no facultan al desistimiento del contrato, sino se presentan como una pena aneja al incumplimiento, y como un medio de valoración del daño producido, equivaliendo, dependiendo del caso, a una futura indemnización de los daños.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><u>Contrato con opción de compra:</u></p>
<p><u> </u></p>
<p>Dicho contrato consiste en que el propietario le otorga a un tercer el derecho de comprar un inmueble, el cual se puede considerar en un precontrato, así lo expresa la Sentencia del Tribunal Supremo del 23 de abril de 2010:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><em>“El precontrato de opción es aquel por el que una de las partes atribuye a la optante el derecho de decidir la puesta en vigor de un contrato (normalmente, como en el presente caso, de compraventa) en un concreto plazo. En este sentido implica la concesión por una parte a la otra de la facultad exclusiva de decidir la celebración o no del contrato principal de compraventa”.</em></p>
<p><em> </em></p>
<p>Por lo tanto, dicho derecho que se otorga al posible comprador es la característica más importante y que diferencia de las arras, tal derecho puede ser transmitido a terceros.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Otras de las características de dicho tipo de contrato, es que se establece un plazo para poder ejercer dicho derecho, transcurrido dicho plazo, pierde su derecho a compra. Por otro lado, el vendedor puede exigir una cantidad en concepto de “prima de opción”, la cual, si al final no se ejercita tal derecho en el plazo estipulado, perderá la prima satisfecha y se cancelará el contrato, por lo que el vendedor volverá a tener plena disponibilidad sobre el inmueble.</p>
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		<title>Los trámites y documentos necesarios en la compraventa de una vivienda</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Jul 2020 10:36:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho inmobiliario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En la mayoría de ocasiones la compraventa de un inmueble significa la inversión y gasto más importante que debe afrontar una familia a lo largo de su vida. Por lo tanto, la compra de una vivienda debe ser una decisión previamente meditada y estudiada con detenimiento; y no sólo desde un punto de vista económico-financiero, práctico, ...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div class="fusion-fullwidth fullwidth-box fusion-builder-row-1 fusion-flex-container nonhundred-percent-fullwidth non-hundred-percent-height-scrolling" style="background-color: rgba(255,255,255,0);background-position: center center;background-repeat: no-repeat;border-width: 0px 0px 0px 0px;border-color:rgba(0,0,0,0.08);border-style:solid;" ><div class="fusion-builder-row fusion-row fusion-flex-align-items-flex-start" style="max-width:1372.8px;margin-left: calc(-4% / 2 );margin-right: calc(-4% / 2 );"><div class="fusion-layout-column fusion_builder_column fusion-builder-column-0 fusion_builder_column_1_1 1_1 fusion-flex-column"><div class="fusion-column-wrapper fusion-flex-justify-content-flex-start fusion-content-layout-column" style="background-position:left top;background-repeat:no-repeat;-webkit-background-size:cover;-moz-background-size:cover;-o-background-size:cover;background-size:cover;padding: 0px 0px 0px 0px;"><div class="fusion-text fusion-text-1" style="text-align:left;"><p>En la mayoría de ocasiones la compraventa de un inmueble significa la inversión y gasto más importante que debe afrontar una familia a lo largo de su vida. Por lo tanto, la compra de una vivienda debe ser una decisión previamente meditada y estudiada con detenimiento; y no sólo desde un punto de vista económico-financiero, práctico, o estético; sino que también debe valorarse desde un punto de vista jurídico.</p>
<p>Como abogado experto en derecho inmobiliario he observado como se trata de una práctica poco habitual contratar los servicios de un abogado para gestionar una compraventa; bien sea como parte compradora, bien como parte vendedora. En multitud de ocasiones, es necesario ir al médico para prevenir enfermedades, igual que acudir al abogado para prevenir potenciales problemas o contingencias. Máxime cuando se trata de una de las decisiones más importantes de nuestra existencia que lleva aparejado grandes responsabilidades.</p>
<p>Por eso, trataremos la compraventa de la vivienda desde un punto de vista inmobiliario-urbanístico; analizando ciertos <strong>elementos necesarios o al menos, valorados previa a la decisión de adquirir, o no, un inmueble.</strong> Se trata de dar una aproximación o pincelada, sin perjuicio de las particularidades que pudieran surgir en cada caso (vivienda rústica o urbana, obra nueva, segunda mano, etc).</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Nota Simple</h2>
<p>Se trata de un documento fundamental. A este respecto, por menos de 5 euros podemos obtener una nota simple expedida por el Registro de la Propiedad que nos hará saber que la persona que dice vender el inmueble es realmente el propietario, así como observar qué tipo de cargas lleva el inmueble (por ejemplo, una hipoteca o un usufructo). En caso de que tenga cargas, en muchas ocasiones es necesario cancelarlas.</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Cédula de Habitabilidad o Licencia de Primera Ocupación</h2>
<p>Es un documento que acredita que una vivienda, local o edificio residencial, reúne las <strong>condiciones mínimas de medición, de higiene y de instalaciones adecuadas para albergar personas</strong>. Es un documento obligatorio y no se pueden contratar definitivamente los servicios de abastecimiento de agua, electricidad, gas o cualquiera otro producto energético o de telecomunicaciones si el inmueble no dispone de la cédula de habitabilidad en vigor o del documento equivalente.</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Certificado de final de obra</h2>
<p>Probablemente si tiene cédula de habitabilidad, el inmueble tendrá certificado de final de obra. Este documento <strong>acredita que el inmueble se construyó de conformidad con los planos aprobados </strong>en el permiso de obra aprobado por el ayuntamiento.</p>
<p>Esto no quiere decir que de forma posterior no haya sido objeto de reformas ilegales. Este hecho debería ser comprado. Es importante mencionar que en caso de obras ilegales, las obras deberían ser legalizadas o demolidas, para el caso de que fuera imposible su legalización conforme la normativa actual. Si existen obras ilegales será casi imposible obtener un permiso de obras del ayuntamiento.</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Certificado de no infracción urbanística</h2>
<p>Es un documento que certifica que una vivienda o inmueble <strong>no tiene ningún expediente obrante en el ayuntamiento por haber cometido algún tipo de infracción </strong>urbanística. Fundamental ya que, en caso contrario, el nuevo propietario podría devenir responsable de dichas infracciones e incluso se podrían dar el caso de órdenes de demolición.</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Certificado de libre de deudas con Hacienda, el ayuntamiento y la comunidad de propietarios</h2>
<p>El vendedor puede solicitar dichos certificados. Como nuevo propietario podrías devenir responsable subsidiario o directo en caso de adquirir la vivienda con deudas con la comunidad de propietarios o Hacienda. Por ello, es necesario asegurarse que el inmueble no tiene ningún tipo de deuda pendiente.</p>
<p><strong>Es recomendable solicitar el recibo del pago del IBI de los últimos 4 años</strong> (en caso de haber algún IBI pendiente deviene responsable el nuevo propietario).</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Certificado de eficiencia energética</h2>
<p>Contiene la calificación energética de la vivienda, <strong>obligatorio desde 2013</strong>. No conlleva problemas, ya que simplemente debe contratarse un técnico competente para su expedición previa la compraventa.</p>
<h2 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="40" data-lineheight="48px">Estatutos de la comunidad de propietarios</h2>
<p>Especialmente relevantes para el caso de que se pretenda realizar algún tipo de actividad diferente a la de residencia habitual, ya que los estatutos de la comunidad de vecinos <strong>podrían prohibir el alquiler vacacional u otras actividades.</strong></p>
<p>Finalmente, se recomienda firmar e introducir en los diferentes documentos que se vayan firmando durante la operación de compra o venta (contrato de opción de compra, escritura pública de compraventa, etc) las <strong>manifestaciones y garantías que mejor defiendan nuestros intereses y expectativas </strong>(tales como que se vende libre de deudas o que no hay ninguna ilegalidad).</p>
<p>Tal y como se puede observar, existen una serie de trámites y documentos necesarios al comprar una vivienda. Es un proceso exigente del cual pueden derivarse serias responsabilidades, requiere tiempo, conocimientos y mucha experiencia para hacerlo de forma segura y evitar sustos tras la compra del inmueble.</p>
</div></div><style type="text/css">.fusion-body .fusion-builder-column-0{width:100% !important;margin-top : 0px;margin-bottom : 20px;}.fusion-builder-column-0 > .fusion-column-wrapper {padding-top : 0px !important;padding-right : 0px !important;margin-right : 1.92%;padding-bottom : 0px !important;padding-left : 0px !important;margin-left : 1.92%;}@media only screen and (max-width:1024px) {.fusion-body .fusion-builder-column-0{width:100% !important;order : 0;}.fusion-builder-column-0 > .fusion-column-wrapper {margin-right : 1.92%;margin-left : 1.92%;}}@media only screen and (max-width:640px) {.fusion-body .fusion-builder-column-0{width:100% !important;order : 0;}.fusion-builder-column-0 > .fusion-column-wrapper {margin-right : 1.92%;margin-left : 1.92%;}}</style></div></div><style type="text/css">.fusion-body .fusion-flex-container.fusion-builder-row-1{ padding-top : 0px;margin-top : 0px;padding-right : 20px;padding-bottom : 0px;margin-bottom : 0px;padding-left : 20px;}</style></div>
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